Disposiciones sobre la Clasificación de la Información en poder de la Superintendencia de Administración Tributaria

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Con fecha 19 de julio de 2024, se publicó en el Diario Oficial  la Resolución de Superintendencia Número SAT-DSI-1361-2024 sobre las Disposiciones sobre la Clasificación de la Información en poder de la Superintendencia de Administración Tributaria. Esta resolución establece que todos los actos de la administración son públicos, y que todos los interesados tienen derecho a obtener informes, copias, reproducciones y certificaciones que soliciten, así como la exhibición de expedientes.

 

La Superintendencia de Administración Tributaria, en cumplimiento de sus funciones, establece normas internas que garantizan el cumplimiento de las leyes. Como sujeto obligado, genera, administra y custodia información que puede ser clasificada como reservada, conforme lo establece la Ley de Acceso a la Información Pública.

Se reforma el artículo 1: Se considera información reservada los distintos análisis sobre niveles de riesgo y otros documentos elaborados por los Departamentos que conforman la Gerencia de Seguridad Institucional, especialmente relacionados con aduanas, puertos y aeropuertos; esquemas y protocolos de seguridad, distribución de vehículos, tipo y grado de blindaje de los mismos, identificación y distribución de pilotos y personal de seguridad.

Se reforma el artículo 3: El plazo de reserva de la información es de siete (7) años, contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, o hasta que dejen de existir las razones que fundamentan su clasificación como reservada.

Se reforma el artículo 5: La resolución no limita, de modo alguno, la facultad legal de la Superintendencia de Administración Tributaria para reservar otra información que se considere oportuna.

El acuerdo entra en vigencia el día de su publicación en el Diario de Centro América, 19 de Julio de 2024.