La Ley Temporal para Ampliar el Plazo del Pago del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres establece medidas temporales para facilitar a los propietarios de vehículos el cumplimiento del pago correspondiente al impuesto de circulación durante el año 2026.
· Ampliación del plazo de pago
La ley amplía el plazo establecido para realizar el pago del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres. El nuevo plazo se extiende hasta el último día hábil del mes de diciembre de 2026, permitiendo que los contribuyentes cuenten con más tiempo para cumplir con esta obligación tributaria.
·Exoneración de multas e intereses
Se establece la exoneración del pago de multas e intereses generados por la falta de pago del impuesto sobre circulación de vehículos terrestres. Esta medida aplica a partir del 1 de agosto de 2026 y estará vigente hasta la entrada en vigor de la presente Ley. Con ello, se busca beneficiar a los contribuyentes que tengan pendiente el pago del impuesto, permitiéndoles regularizar su situación sin asumir las multas e intereses correspondientes.
· Vigencia
El Decreto fue declarado de urgencia nacional con el voto favorable de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el Congreso de la República. Asimismo, fue aprobado en un solo debate. La ley entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
Finalmente, el Decreto fue remitido al Organismo Ejecutivo para su sanción, promulgación y publicación. Fue emitido en el Palacio del Organismo Legislativo, en la Ciudad de Guatemala, el 29 de julio de 2026.
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