El Congreso de la República de Guatemala emitió el Decreto Número 20-2026, mediante el cual se establece la Ley General del Sistema Portuario Nacional, con el objetivo de crear un marco jurídico para organizar, regular, planificar, desarrollar, administrar y supervisar las actividades e instalaciones portuarias del país.
La nueva normativa busca modernizar y fortalecer el Sistema Portuario Nacional, garantizando que los servicios portuarios sean eficientes, seguros, competitivos y sostenibles. Asimismo, pretende impulsar la inversión nacional e internacional, mejorar la infraestructura portuaria y contribuir al desarrollo económico y social de Guatemala. Entre los aspectos principales de la ley se encuentra la creación y fortalecimiento de la Autoridad Portuaria Nacional (APN), encargada de ejercer funciones de regulación, supervisión y coordinación dentro del sistema portuario. La normativa también establece una separación entre las funciones regulatorias del Estado y las actividades operativas, con el propósito de generar condiciones que favorezcan la participación del sector privado.
La ley será aplicable en todo el territorio nacional y comprende a las personas individuales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras que desarrollen actividades portuarias. También incluye las instalaciones portuarias marítimas, terminales especializadas, muelles, zonas de apoyo logístico, bodegas, patios de contenedores, depósitos, áreas de almacenamiento y otras instalaciones relacionadas con las operaciones portuarias. Entre los principios fundamentales establecidos se encuentran la legalidad, competitividad, certeza jurídica, no discriminación, probidad, eficiencia y eficacia, protección portuaria, protección marítima, transparencia y rendición de cuentas. Estos principios buscan garantizar una gestión portuaria ordenada, transparente y orientada a mejorar la calidad de los servicios.
Otro aspecto relevante es la incorporación de medidas relacionadas con la seguridad marítima y portuaria. La normativa contempla el cumplimiento del Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (Código PBIP) y establece la implementación obligatoria de un Plan de Protección de la Instalación Portuaria (PPIP) en cada terminal, como instrumento para la gestión de riesgos y el cumplimiento de los compromisos internacionales de Guatemala. Además, la ley contempla mecanismos como los Contratos de Administración Portuaria (CAP), mediante los cuales la Autoridad Portuaria Nacional o empresas públicas portuarias podrán autorizar la participación de personas individuales o jurídicas para la prestación de servicios comerciales portuarios, ejecución de obras, operación y modernización de infraestructura y otras actividades relacionadas.
La normativa también busca facilitar el comercio mediante la digitalización de trámites, simplificación aduanera y la implementación de la Ventanilla Única Portuaria, contribuyendo a reducir costos y mejorar la eficiencia de la cadena de suministro. En conjunto, el Decreto 20-2026 establece las bases para una transformación del sistema portuario guatemalteco, orientada a mejorar su infraestructura, fortalecer la seguridad, facilitar el comercio y aumentar la competitividad del país en el ámbito nacional e internacional.
La Ley entrará en vigencia el 2 de octubre de 2026.
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